Barbacoas

Entre el 15 de marzo y el 15 de octubre está prohibido hacer fuego de todo tipo en terrenos forestales y la franja de 500 metros que los envuelve, según regula el Decreto 64/1995.

 

El uso de fuego "al aire libre" es una actividad  de riesgo de incendio si se hace a menos de 500 metros de terrenos forestales, sean bosques o matorrales.

 

Este precepto incluye algunas excepciones:

 

  • Se pueden utilizar las barbacoas de obra con matachispas y fogones de gas dentro de las parcelas de las urbanizaciones.
  • Se pueden utilizar las barbacoas de obra de las áreas recreativas que cumplen con toda la normativa, y, por tanto, no sean clausuradas.
  • Si se dispone de una autorización expresa emitida por la Generalitat para hacer esta actividad. De forma habitual NO se autorizan fuegos recreativos o para cocinar alimentos durante el verano.

Aún así, esta misma actividad, desarrollada dentro de una edficación cerrada con 4 paredes y con una salida de humos protegida es viable todo el año y no necesita autorización.

 

En caso de activación del nivel 3 del Plan ALFA quedan prohibidas todas las actividades con riesgo de incendio forestal. Se puede consultar el Plan ALFA de cada día en el siguiente enlace: https://interior.gencat.cat/plaalfa

 

El Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural puede autorizar, de manera extraordinaria, realizar determinados trabajos y actividades que suponen un riesgo de incendio forestal durante este periodo. En este caso hay que pedir una autorización.

 

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Entre el 16 de octubre y el 14 de marzo está permitido el uso de fogones y barbacoas portátiles en terrenos forestales y en la franja de 500 metros que las envuelve, pero se tiene que comunicar previamente al ayuntamiento, consejo comarcal o la oficina comarcal de allí donde se realice el fuego.

 

Hay que cumplir las condiciones siguientes:

 

  • Hay que limpiar el lugar donde se hará el fuego de cualquier elemento combustible (vegetación u otros elementos) en un radio de 3,5 metros. El fuego se hará como mínimo a 10 metros de distancia de los árboles adultos.
  • Las llamas deberán ser pequeñas.
  • En ningún caso se abandonará el fuego hasta que no esté totalmente apagado.

 

Como en el anterior periodo, estas condiciones se pueden suspender si se activa el Plan ALFA. Se puede consultar el Plan ALFA de cada día en el siguiente enlace: https://interior.gencat.cat/plaalfa

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