Mamíferos

Gestión y control del cerdo vietnamita

El cerdo vietnamita (sus scrofa var) es una raza doméstica descendiente del jabalí (sus scrofa). En un primer momento, junto con otras razas de mini-cerdos, se utilizaron con fines científicos, pero posteriormente se popularizaron como mascotas.

 

Como mascotas son animales que pueden dar problemas debido, entre otros, a su agresividad, especialmente si son mantenidos en instalaciones inadecuadas donde difícilmente pueden cubrir sus necesidades fisiológicas y etológicas. Esto ha provocado que sea una de las especies de mascotas que más se abandonan ocasionando graves impactos por su capacidad de hibridación con el jabalí, produciendo problemas ecológicos, incremento de crías por camada y de la población,así como los daños a cultivos, a la ganadería, y los riesgos sanitarios y de accidentes de tráfico asociados.

 

Debido a su impacto ecológico, económico y el riesgo asociado, la Generalidad de Cataluña solicitó, en 2012, su catalogación como especie invasora a nivel estatal. La ficha técnica justificativa elaborada por el Ministerio recomienda también su inclusión en el catálogo estatal de especies exóticas invasoras por la liberación de ejemplares por parte de particulares, debido principalmente a comportamientos agresivos, y la posterior hibridación con el jabalí y los problemas derivados de su presencia en el medio natural.

 

Situación legal

 

El Real Decreto 216/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de las islas Canarias y por la que se modifica el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras incorpora el cerdo vietnamita (Sus scrofavar. Domestica raza vietnamita) al Catálogo español de especies exóticas invasoras. La catalogación como especie invasora conlleva la prohibición genérica de su posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos, incluido el comercio exterior.

 

Estas prohibiciones pueden quedar sin efecto, previa autorización administrativa de las autoridades competentes por razones de investigación, salud o seguridad de las personas, o con fines de control o erradicación, en el marco de estrategias, planes y campañas que, a tal efecto, se aprueben.

 

Asimismo, según la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 630/2013, los ejemplares en posesión de particulares o en parques zoológicos adquiridos con anterioridad a su catalogación como especie invasora (31 de marzo de 2019, en el caso del cerdo vietnamita) pueden ser mantenidos pero los / las propietarios / as deberán informar de su posesión a las autoridades competentes antes del 1 de enero de 2022 mediante la firma de una declaración responsable y deberán informar con carácter inmediato del liberación accidental de los ejemplares y no podrán comercializar, reproducir ni ceder estos ejemplares.

 

A propuesta de la Generalidad de Cataluña, el Real Decreto 216/2019,de 29 de marzo, prevé, excepcionalmente, que las administraciones competentes puedan autorizar y habilitar centros de recogida y mantenimiento con instalaciones y terrenos adecuados para su correcto confinamiento y evitar su escape, cumpliendo con las obligaciones sanitarias, de esterilización e identificación.

 

Podemos distinguir tres situaciones:

  1. Animales en posesión de particulares antes del 31 de marzo de 2019
  2. Animales asilvestrados o híbridos en el medio natural
  3. Animales localizados en el medio urbano o periurbano, acostumbrados a la presencia humana

Fuente: Departamento de Territorio y Sostenibilidad. Generalitat de Catalunya.

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